El ministro Álvaro Elizalde detalló que el veto tiene siete numerales: uno sustitutivo, tres supresivos y tres aditivos. Revisa el detalle de cada uno.
Este jueves, el Gobierno ingresó el veto presidencial a la reforma electoral que extiende a dos días la votación en las próximas elecciones municipales.
El Ejecutivo presentó el veto con el fin de restablecer la multa a quienes no concurran a las urnas a sufragar, moción que había sido rechazada por la Cámara Baja.
El ingreso ocurrió en medio de las críticas de la oposición, quienes advirtieron un “eventual fraude” y que se estarían cambiando las reglas del juego poco antes de los comicios.
Detalles del veto presentado por el Gobierno
Desde el Gobierno detallaron que el veto consta de siete numerales: uno sustitutivo, tres supresivos y tres aditivos. El sustitutivo reemplaza el texto vigente por uno distinto, los supresivos eliminan un texto aprobado por el Congreso y con los aditivos se busca regular materias que no habían sido comprendidas en el proyecto.
El ministro de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Álvaro Elizalde, detalló que en el primer numeral “se sustituye la redacción del plazo para incorporar los documentos en las declaraciones de candidaturas. (…) Permite que los documentos puedan empezar a ser proporcionados e ingresados al sistema de servicio electoral con anticipación.
El numeral dos y tres, ambos aditivos, regulan “la propaganda electoral a través de redes sociales, consagrando el principio que existe, por ejemplo, respecto de las radios, que es básicamente que al contratarse el servicio los precios que se ofrecen sean los mismos para todos los candidatos y que sea transparente obviamente la contratación de esos servicios”.
”En el numeral cuatro lo que se hace es suprimir la eliminación del feriado irrenunciable que había sido aprobado por ambas cámaras (Senado y Cámara de Diputados). De esta manera se pretende restituir el principio básico y fundamental respecto de la naturaleza del feriado el día de la elección”, agregó el secretario de Estado en el punto de prensa.
Elizalde sostuvo que el quinto numeral es una “corrección formal”, específicamente una “referencia que había quedado de manera equivocada en la aprobación del proyecto, toda vez que se hacía referencia a una norma que finalmente no fue aprobada dentro de los distintos estándares legislativos. Por lo tanto, es una corrección veramente formal”.
Polémica por voto obligatorio y multas
El sexto numeral suprime la elección en dos días, ya que “en el séptimo numeral del veto se incorpora en un numeral único la consagración de la elección en dos días, la sanción a quienes no cumplan con la obligación de votar, el procedimiento para aplicar la sanción y la rebaja del aporte a las campañas. En un solo numeral se incorporan todos estos aspectos”.
El ministro detalló que la multa se va a aplicar a todos los electores. “Creemos que como país debemos discutir respecto de la regulación del voto de los extranjeros, tenemos de las legislaciones más amplias al respecto. Este no es un debate que se ha desarrollado en Chile con profundidad y, por tanto, forma parte de la discusión democrática que deberá realizarse”.
“Hemos estado viendo sistemas comparados, pero no hay ninguno que tenga las normas que nuestro país, en donde existe inscripción automática, voto obligatorio, sanción y donde también los extranjeros pueden elegir autoridades de todos los niveles. Por lo tanto, creemos que eso es parte del debate democrático que es necesario realizar. No obstante, respecto a la regulación específica, se establece la sanción para todos los electores”, cerró Elizalde.