Las empresas oficiadas por el Sernac son CGE, Chilquinta, Esval, VTR, WOM y Movistar, por lo que deberán cumplir el cobro del las tarifas bajo la Ley del Consumidor (LPC), ya que muchos de los afectados perdieron sus casas. Conoce cuáles seran las obligaciones que adoptarán las empresas y dónde reclamar en caso de incumplimiento.
Tras los incendios forestales que azotaron la Región de Valparaíso, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a seis empresas de servicios básicos y telecomunicaciones en la zona para solicitar información relevante de la prestación de sus servicios y prevenir eventuales cobros indebidos u otras malas prácticas a las personas afectadas.
Mediante el oficio, que tiene un plazo de respuesta fijado de 10 días hábiles administrativos, el Sernac solicitó a las compañías el número de clientes sin servicio, tiempo de reposición del servicio, daño a la infraestructura, etcétera.
¿Cuáles son las empresas oficiadas?
Las empresas oficiadas por el Sernac son CGE, Chilquinta, Esval, VTR, WOM y Movistar, por lo que deberán cumplir con el cobro de las tarifas bajo la Ley del Consumidor (LPC), ya que muchos de los afectados perdieron sus casas.
“Frente a cortes de suministro de servicios como electricidad, agua potable o telecomunicaciones, en los que no recaiga responsabilidad de la o el consumidor, las empresas deberán aplicar los descuentos correspondientes en el cobro de tarifa“, afirmó el organismo.
En el caso de que las personas no puedan acceder a estos servicios básicos por la pérdida total o parcial de sus viviendas, las empresas deberán suspender esos cobros.
De acuerdo a la sanitaria Esval, que anunció la suspensión en el cobro de servicios de agua y alcantarillado durante febrero y marzo a las familias damnificadas, el organismo solicitó a la empresa conocer cuándo se rehabilitarán en los lugares afectados.
Medidas de las empresas de telecomunicaciones
Ante la interrupción del servicio de telefonía o internet, el Sernac aclaró que no se podrá aplicar cobros durante ese período y las empresas estarán obligadas a descontar o reembolsar al consumidor el precio “en la proporción que corresponda”, según lo establece el Reglamento de Telecomunicaciones.
Además, los consumidores podrán terminar el contrato de telefonía cuando lo deseen y sin condiciones. En ese sentido, los contratos no pueden afectar los derechos de las personas, cambiar sus condiciones o desligarse de la responsabilidad en caso de mal servicio, y los clientes no pueden ser enviados a DICOM por deudas de servicios básicos y de telecomunicaciones.
Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe
En el contexto de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe aplicado en la zona, que permite perseguir y sancionar los delitos de manipulación de precios, acaparamiento y negativa injustificada de venta de productos básicos, se está monitoreando los precios de los productos básicos en las comunas afectadas.
Si no se cumplen estas obligaciones, la ley sanciona a las personas que incurran en acaparamiento de bienes de primera necesidad, manipulación de precios y venta de alimentos riesgosos.
¿Dónde reclamar?
En caso de incumplimiento, el Sernac cuenta con las siguientes vías para denunciar:
O puedes acceder al portal de cada entidad pública que regula el servicio: