Contraloría dice que nombre de “Gabinete Irina Karamanos” fue “injustificado”
Por CNN Chile
19.10.2022 / 13:44
Una resolución exenta de marzo cambió la denominación del “Gabinete Primera Dama” por el de la cientista social y pareja del presidente Boric. La situación fue cuestionada y finalmente enmendada por el Ejecutivo. Sin embargo, este miércoles se dio a conocer un dictamen del ente regulador luego que parlamentarios solicitaron su pronunciamiento. También se advirtió una eventual intromisión en funciones ministeriales.
Este martes, la Contraloría General de la República (CGR) dictaminó que “no correspondió” y que fue “injustificado” nombrar como “Gabinete Irina Karamanos” al equipo de trabajo de la actual coordinadora sociocultural de la Presidencia.
Esto ocurre luego que un grupo parlamentarios solicitó el pronunciamiento del ente regulador ante el cambio en la denominación del “Gabinete Primera Dama” por el nombre propio de la cientista social y pareja del presidente Gabriel Boric a través de un resolución exenta del 30 de marzo pasado.
De hecho, la situación fue cuestionada y finalmente enmendada por el Gobierno.
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¿Qué dijo Contraloría?
El dictamen del ente regulador señaló que “no correspondió denominar una unidad administrativa como ‘Gabinete Irina Karamanos’, por cuanto ello implicó utilizar injustificadamente el nombre y, en consecuencia, la imagen de la señora Irina Karamanos Adrian, pues la mención ‘Irina Karamanos’, en ese contexto, no se encuentra vinculada a los fines propios de la Presidencia de la República”.
“Del mismo modo y en el entendido que el sitio web ‘www.gabineteirinakaramanos.cl’ fue creado para un fin institucional, tampoco resultó admisible que el dominio inscrito contuviera el nombre de dicha persona”, agrega el fallo.
Contraloría también sostiene que “tampoco procedió que la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, mediante la aludida resolución exenta N° 442, de 2022, consignara, en términos amplios, que al entonces ‘Gabinete Irina Karamanos’ le correspondía intervenir en relación con la formulación de políticas públicas, ya que ello podía significar invadir las función es que le competen especialmente a los ministerios, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la ley N° 18.575”.
No obstante, la entidad precisa que la situación referida “se encuentra actualmente superada”.