Juez Daniel Urrutia habría autorizado videollamadas de reos del Tren de Aragua desde cárcel de alta seguridad

Por CNN Chile

15.02.2024 / 19:19

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La llamada se habría realizado durante una reunión autorizada con su abogado, donde se presume que dos de los criminales asociados a la banda internacional habrían conversado con familiares.


El pasado 25 de enero, el juez del Séptimo Juzgado de Garantía, Daniel Urrutia, habría concedido beneficios a cuatro reclusos de la Cárcel de Alta Seguridad, generando un conflicto entre Gendarmería y el Poder Judicial.

Según informó Meganoticias, el juez Urrutia permitió videollamadas de los reclusos con personas no autorizadas por la administración penitenciaria.

Esta medida, aplicada en la Cárcel Especial de Alta Seguridad, donde se encuentran criminales peligrosos vinculados al crimen organizado, fue cuestionada por las autoridades penitenciarias al considerar que comprometía la seguridad del personal y de la población carcelaria.

A pesar de las objeciones, el juez ratificó su decisión, llevando a la institución a recurrir a la Corte de Apelaciones de Santiago.

En su reclamo, destacaron la gravedad de la resolución, señalando que pone en riesgo la seguridad debido al perfil criminológico de la población penal y la operatividad del crimen organizado.

Ante esta situación, el pasado 13 de febrero se emitió una orden de no innovar que suspendió la resolución del juez, dando un plazo de dos días para que el tribunal de garantía presente un informe detallado sobre la decisión.

En medio de esta controversia, se reveló que dos miembros involucrados en las videollamadas son parte del Tren de Aragua en Chile.

Estos individuos realizaron videollamadas con familiares desde la cárcel.

Se trataría de Carlos González Vaca, alias “El Estrella”, líder de la organización criminal, y Hernán Landaeta, alias “El Satanás”, ambos habrían participado en estas comunicaciones durante una reunión autorizada con su abogado.

El alcaide (s) del penal, Sebastián Mérida, informó al juez de garantía sobre la situación, expresando que este tipo de eventos afecta la seguridad del establecimiento al desconocer la identidad de las personas con las que los imputados se comunican y que son resultado de la intervención de un tercero.