Juez del caso Frei Montalva descarta responsabilidad del subsecretario Luis Castillo
Por CNN Chile
30.01.2019 / 19:05
La familia del ex mandatario acusaba a la autoridad de haber ocultado la existencia una autopsia cuando era el director del Hsopital Clínico de la Universidad Católica. Sin embargo, el juez Alejandro Madrid determinó que "dicha omisión no resulta ser suficiente para atribuir al facultativo antes nombrado alguna responsabilidad penal".
El subsecretario de Redes Asistenciales (Minsal), Luis Castillo, aparece mencionado en el histórico fallo que dio a conocer este miércoles el juez Alejandro Madrid y que confirma que la muerte del ex presidente, Eduardo Frei Montalva, fue un homicidio.
La autoridad era acusada por la familia del ex mandatario de haber ocultado en el año 2000 una autopsia que se le realizó en el Hospital Clínico de la UC, cuando ejercía como director del organismo, situación que escaló hasta la Democracia Cristiana, que incluso lo declaró como un interlocutor no válido y exigió su salida al gobierno de Sebastián Piñera.
En la sentencia se señala que Castillo fue informado por el doctor Sergio González, anátomo patólogo de esa Universidad -uno de los tres condenados por el delito de encubrimiento en el caso-, de la existencia de muestras de diversos órganos del ex presidente, que se mantenían guardados, y que “dicha información era de carácter confidencial y que sólo debía ser entregada a los familiares si lo solicitaban formalmente o judicialmente”.
Durante el proceso judicial, Castillo sostuvo que nadie le pidió antecedentes, lo que fue tajantemente negada por la ex senadora y principal impulsora del caso, Carmen Frei.
Sin embargo, finalmente el juez determinó que “su actuación podría ser cuestionada al no haber informado en forma inmediata a la familia del ex mandatario de la existencia de la señalada muestras, sin embargo, dicha omisión no resulta ser suficiente para atribuir al facultativo antes nombrado alguna responsabilidad penal en el hecho investigado, ya que su conducta no se comprende dentro de ninguno de los presupuesto que señala el artículo 17 del Código Penal como constitutivo de encubrimiento”.
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