Juicio contra Héctor Llaitul: Corte de Temuco ordenó mantener bajo reserva identidad de testigos

Por CNN Chile

12.05.2023 / 21:54

{alt}

En el fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada declaró ilegal la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco en la audiencia de preparación de juicio oral, que ordenó entregar los nombres de los testigos protegidos a la defensa del acusado. El líder de la CAM, es imputado por los delitos de usurpación, robo de madera y atentado contra la autoridad.


La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y resolvió mantener en reserva la identidad de los cinco testigos protegidos que deberán comparecer en el juicio contra el líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul.

En el fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada declaró ilegal la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco en la audiencia de preparación de juicio oral, que ordenó entregar los nombres de los testigos protegidos a la defensa del acusado.

“Se ha acusado como ilegal y arbitraria la decisión pronunciada por una señora Jueza de Garantía de Temuco, quien en la audiencia de preparación de juicio oral de fecha 18 de abril de 2023 (…) accedió a la petición de la defensa, en la etapa de corrección de vicios formales, ordenando al Ministerio Público, quien habría incurrido en uno de aquellos al momento de formular su acusación, que lo corrija, disponiendo como remedio a aquel pretendido vicio, el que proceda a la entrega de la identidad de los cinco testigos”, señala el fallo.

Asimismo, se señala que la decisión de la jueza de Garantía “en el estadio de corrección de vicios formales conforme a lo dispuesto en el artículo 270 del Código Procesal Penal, al disponer entregar a la defensa la identidad de los testigos con reserva de identidad, es ilegal, toda vez que excede el marco de dicha norma, puesto que precisamente el Ministerio Público cumplió la obligación del artículo 259 letra f) del Código Procesal Penal en relación a los artículos 307 y 308 del mismo al entregar una acusación, con testigos, algunos de los cuales a su entender susceptibles de protección particular entregando en todo caso sus identidades al tribunal en sobre cerrado, y entendiendo que a su respecto se hará posterior uso en juicio de la facultad del artículo 307 y 308 del Código adjetivo, la que deberá ser resuelta en su mérito por el sentenciador del fondo“.

Cabe recordar que el líder de la CAM, es imputado por los delitos de usurpación, robo de madera y atentado contra la autoridad.