El atentado en Cañete alzó la idea de utilizar tribunales militares en cuestionamientos sobre “uso de la fuerza” que involucren FF.AA. y Carabineros. Sus precursores argumentan que así habría la imparcialidad que hoy no estaría dando el Poder Judicial. Esto es condenado por el titular de Gobierno, quien, en entrevista con CNN Chile, sostiene que los avances deben apuntar al fortalecimiento del sistema de enjuiciamiento criminal general.
“Acá hay fiscales y ciertos jueces que son anticarabineros (…). Si nosotros no le damos garantía de juicio justo cuando utilizan la fuerza, malamente vamos a poder vivir seguros”. Este es parte de los argumentos que públicamente ha entregado el senador independiente José Manuel Rojo Edwards para reponer la discusión sobre ampliar las competencias de la Justicia Militar en el proyecto de Reglas del uso de la fuerza (RUF).
Tras el atentado del 27 de abril en Cañete, en la Provincia de Arauco (Región del Biobío), donde tres carabineros fueron emboscados y asesinados cuando asistían a la revisión de una medida cautelar, los poderes Ejecutivo y Legislativo acordaron acelerar la tramitación de iniciativas de seguridad, como la reforma a la Ley Antiterrorista, la creación del Ministerio de Seguridad Pública y las RUF.
Esta última propone crear un marco legal para que los funcionarios de Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública puedan “ejercer fuerza” en procedimientos, es decir, desde la aplicación de maniobras personales hasta el uso de armas. Todo a través del cumplimiento de ciertas condiciones, como la proporcionalidad y racionalidad, entre otras.
Atentado contra Carabineros / FOTO: CARABINEROS DE CHILE
Desde la oposición surgió una indicación que buscaba ampliar las competencias de la Justicia Militar en el contexto de las RUF. No obstante, tras un intenso debate en el Congreso Nacional, la mesa directiva de la Cámara de Diputadas y Diputados declaró inadmisible la idea por no tener relación con lo que se estaba discutiendo respecto de las RUF.
Esto causó molestia en sectores de la oposición, ante lo cual los senadores independientes José Manuel Rojo Edwards y Alejandro Kusanovic, junto a sus colegas de Renovación Nacional (RN) María José Gatica, Francisco Chahuán y Carlos Kuschel ingresaron una indicación que busca reponer el debate.
La iniciativa propone aplicar la justicia de los tribunales militares a funcionarios de Fuerzas Armadas y Carabineros que cometan eventuales delitos en acto de servicio durante la vigencia de estados de excepción constitucional, protección de la infraestructura crítica y resguardo de áreas de zonas fronterizas.
¿Cuál es el punto de disputa? Tanto el Gobierno, como personeros políticos y algunos especialistas, sostienen que ampliar las competencias de los tribunales de justicia a las RUF no tiene “sentido”, ya que parte de los involucrados son personas civiles.
No obstante, los precursores argumentan que con esta implementación de la Justicia Militar habría imparcialidad en los procesos de enjuiciamiento, algo que no estaría dando el Poder Judicial y el Ministerio Público. Sin embargo, esto ha sido condenado por el Ejecutivo, y en especial por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, quien además, en entrevista con CNN Chile, señala que la Justicia Militar debe ser reformada porque utiliza un “sistema inquisitivo” y no da garantías.
“La jurisdicción militar no está pensada para las acciones o los delitos que se cometen contra terceros civiles, porque está pensada para el ejercicio de la jurisdicción militar en propiedad. Y esta ha sido una discusión desde el retorno a la democracia, porque en Chile históricamente, desde el término de la dictadura y algunos años (después), los civiles pudieron ser juzgados, por un lado, por la Justicia Militar”, comenta el secretario de Estado.
En ese sentido, recuerda que en el caso que involucró a Humberto Palamara, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), junto con indicar que el exoficial debe ser juzgado por tribunales civiles, señala deficiencias en el diseño de la Justicia Militar. Al respecto, Cordero destaca que durante los gobiernos de los expresidentes Sebastián Piñera y Michelle Bachelet esto fue reformado, pero ambas modificaciones “descansaban a su vez en hacer una reforma al Código de Justicia Militar”.
Luis Cordero / FOTO: JUAN ANDRÉS GALAZ / CNN CHILE
—¿Cuáles son los problemas que tendría la Justicia Militar?
—En general todos los especialistas, y esto además está en el fallo de la Corte Interamericana, señalan que la estructura de la Justicia Militar afecta dos principios esenciales, que son imparcialidad e independencia. ¿Por qué? Porque en la base están los juzgados militares y está la Fiscalía Militar, que son funcionarios de las Fuerzas Armadas, que además están dentro de la línea de mando, por lo tanto, la capacidad de independencia imparcialidad estructuralmente adolecen de ese efecto, pero luego arriba está la Corte Marcial.
Bajo ese punto, el ministro Cordero dice que algunas personas argumentan que dichas garantías se dan gracias a la vigencia de la Corte Marcial, pero “el problema y pequeño detalle es que la Corte Marcial son cinco miembros: tres auditores de las Fuerzas Armadas, más dos civiles (…). Entonces, el diseño de la propia Justicia Militar adolece de eso y además tiene otro gran problema, y es que está sometida a las reglas del sistema antiguo. Es decir, un sistema inquisitivo, basado en el secreto, el secreto del sumario, etcétera”.
Además de la Corte, la base de la Justicia Militar está compuesta por juzgados militares y la Fiscalía Militar. Estos organismos están integrantes por miembros de las Fuerzas Armadas que responden a una línea de mando. “Son funcionarios de línea que están sujetos a la estructura de orden”, agrega el secretario.
—Entonces, ¿por qué esta discusión es una discusión equivocada? Porque lo que hay hace muchísimos años es más bien la necesidad de reformar la Justicia Militar. La Justicia Militar como está diseñada no le da garantías ni a los investigados ni a las víctimas. Tanto así que por estos días, si usted ha leído o escuchado las declaraciones del propio abogado defensor del excomandante en jefe (Juan Miguel) Fuente-Alba, él mismo ha dicho que, respecto a las investigaciones de su cliente, o sea no cumple mínimas garantías en el sistema de Justicia Militar.
Corte Marcial / ARCHIVO: OCTUBRE, 2018 / AGENCIA UNO
Fortalecimiento al sistema de enjuiciamiento y punto político
Luis Cordero aprovecha el espacio para manifestar que los avances deben apuntar al fortalecimiento del sistema “normal”, lo que también considera al Ministerio Público: “Mientras todo el sistema de enjuiciamiento criminal general le está otorgando más derechos a las víctimas, no menos, por eso tenemos la Defensoría de las Víctimas, se le está dando roles más activos a la víctima durante el mecanismo de enjuiciamiento; una reforma que pretenda ampliar la competencia de la Justicia Militar con diferencia de la posición de la víctima, lo que está haciendo en rigor es actuar en contra del todo el sentido que se ha estado estructurando el sistema de justicia criminal general ahora para la mayor posición a la víctima”.
“De hecho, si usted ve el caso de Putre, la razón por la cual el Juzgado de Garantía considera que la investigación tiene que seguir a cargo del Ministerio Público, es porque es el sistema de enjuiciamiento criminal normal el que le da garantía de imparcialidad e independencia, también pensando las víctimas”, añade.
—Entonces, lo que hay detrás de la discusión no es simplemente el binario de competencias de la Justicia Criminal, es la propia estructura de la Justicia Militar y, además de eso, la posición de víctimas civiles frente a un régimen de enjuiciamiento que, además no está diseñado para pensar en la víctima, sino que está pensado para sancionar los delitos militares.
Luis Cordero / FOTO: JUAN ANDRÉS GALAZ / CNN CHILE
—¿Por qué cree que los senadores quieren insistir con esta idea?
—Yo creo que esencialmente es un punto político sobre las posiciones jurídicas privilegiadas que pueden tener funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden cuando están a cargo de resguardar el orden público. Pero si eso es así, esa es una discusión que el sistema institucional chileno ya tuvo el año pasado a propósito del debate que existió sobre la legítima defensa privilegiada en el caso de las policías y de las Fuerzas Armadas cuando ejercen labores de orden.
Sin embargo, “la propuesta es una mala regla, porque asume que es la Justicia Militar la que está dotada de las garantías y de la especialidad, cuando en verdad esa justicia precisamente está cuestionada por su especialidad y por sus garantías”, dice el ministro.
—La semana pasada, usted decía que era “técnicamente deficiente”…
—Es técnicamente deficiente, porque no tiene estructuralmente lógica y además tiene un problema adicional, y es que traslada la posición de las policías en el equivalente a la lógica sobre las cuales funciona las Fuerza Armadas. Es técnicamente es deficiente porque usted le está trasladando a una justicia que a su vez está cuestionada por carecer precisamente de independencia y parcialidad, la resolución de un asunto que en principio, supuestamente, es técnicamente especializado, y no lo es pensando en general en dos posiciones. Uno, no lo es respecto del inculpado, y tampoco lo es respecto de las víctimas, y esas víctimas además son civiles.
—Los precursores de la iniciativa afirman que hay parcialidad en algunos jueces y fiscales del sistema tradicional. Incluso, la alcaldesa Evelyn Matthei había dicho algo similar tras el atentado en Cañete.
—Yo creo que esa afirmación es la más grave de todas (…), y a mí me parece que si esa es la crítica, la verdad es que uno debiera abordar directamente esa crítica sobre la base de qué antecedentes. Pero lo que uno debe tener mucho cuidado es que en la comisión de delitos comunes que afectan a ciudadanos en las acciones que ejecutan policías y Fuerzas Armadas en la posición de su cargo, eso deben ser objeto de una investigación por parte del sistema de enjuiciamiento criminal.
“¿Cuál es el que dota de mayor imparcialidad e independencia para imputados y para las víctimas? El sistema de enjuiciamiento criminal normal, porque si es por un problema de parcialidad, la parcialidad desde el punto de vista del diseño está en el Código de Justicia Militar. Lo otro es cómo operan las reglas del principio objetividad en el caso de los fiscales y cómo opera el principio de independencia en el caso de los jueces”, continúa el ministro.
—Yo entiendo la crítica del senador Edwards y de la alcaldesa Matthei como críticas políticas, y en ese sentido, me parece que forman parte del debate público. Pero desde el punto de vista del diseño institucional, son críticas que no justifican, de hecho, más bien desconocen el debate técnico que subyace a esta discusión y por eso es una regla técnicamente inadecuada (…). Yo creo que falta un poco la reflexión.
Entrevista a Luis Cordero / FOTO: JUAN ANDRÉS GALAZ / CNN CHILE
—La senadora Ximena Rincón y Demócratas proponen crear una fiscalía especializada para temas militares. Eso suena a una especie de alternativa o punto medio en esta situación.
—Eso es similar a tener fiscalías de Alta Complejidad, así como tenemos fiscales especialistas en delitos económicos, en delitos sexuales, en persecución criminal a propósito de acciones de orden público. A mí me parece que tienen que ver con perfiles de especialidad, pero entiendo, yo no conozco la propuesta, pero una propuesta de esas características descansaría con que la justicia penal regular sea la competente asumiendo que dada la complejidad determinado tipo de asunto, los fiscales que están a cargo de esas investigaciones deban tener una determinada instrucción particular. A mí me parece que eso se da dentro del contexto de un debate de roles especializados que existen en el Ministerio Público, y que el Ministerio Público ha ido promoviendo progresivamente dependiendo de determinado tipo de delito.
“Pero no conozco la propuesta de ella en particular, pero si está en ese contexto, es un contexto que mantiene la competencia en la justicia penal regular, pero con, entendería yo, una capacidad y una instrucción específica para los fiscales que estén a cargo de este tipo de investigaciones (…). “Todo eso depende esencialmente de las capacidades de especialización del Ministerio Público”, indica Cordero.
—¿El Gobierno puede recurrir al Tribunal Constitucional en caso de que la indicación de Justicia Militar en las RUF sea aprobada?
—Sí, sobre todo porque se encuentra fuera de las ideas matrices del proyecto de ley. De hecho, no tiene mucho sentido en la discusión en RUF, pero en segundo lugar, estructuralmente pensado desde la posición de la víctima.
No obstante, el ministro precisa que probablemente este debate ocurra con anterioridad producto de la contienda de competencia en el Caso Putre: “El hecho de que la ministra en visita hubiese planteado una inhibitoria al tribunal de Garantía y el tribunal de Garantía, escuchando al Ministerio Público, hubiese insistido en la competencia de la justicia penal regular frente a esto, es una contienda de competencia que tiene que resolver la Corte Suprema“.
“Entonces, incluso antes que este asunto pudiese llegar en el debate de RUF al Tribunal Constitucional, el tema ya va a tener una aproximación más concreta en el caso de la posición de la Corte Suprema en la contienda de competencia”, continúa.
—Lo ve lejano en el Tribunal Constitucional, pero tampoco es algo que se pueda descartar.
—El Ejecutivo ha sido bien claro sobre este punto. Yo lo dije con anterioridad cuando este tema estaba en la Cámara de Diputados, el Gobierno lo ha repetido: el Ejecutivo considera que tanto desde el punto de vista formal, es decir, de la idea de matrices, como el punto de vista de fondo en lo que se discute en Regla de uso de la fuerza, una norma de esas características infringiría la Constitución y, por cierto, el Ejecutivo considera que no es una norma que debiese prosperar.