Justicia respaldó a fiscal que indaga apremios ilegítimos de Carabineros tras el estallido
Los abogados defensores deberán pagar las costas de la causa de manera personal por las imputaciones contenidas en las querellas contra la fiscal Paulina Díaz, quien fue sobreseída definitivamente por acreditarse la inexistencia de las supuestas ocultaciones de información que se le imputaban.
(Agencia UNO) – Un revés judicial sufrieron las defensas de los funcionarios de Carabineros de la 51 comisaría de Pedro Aguirre Cerda acusados por torturas y apremios ilegítimos en contra del joven estudiante de medicina Josué Maureira en octubre de 2019.
Los abogados defensores deberán pagar las costas de la causa de manera personal por las imputaciones contenidas en las querellas contra la fiscal Paulina Díaz, quien fue sobreseída definitivamente por acreditarse la inexistencia de las supuestas ocultaciones de información que se le imputaban.
El sobreseimiento otorgado por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago se produjo ad portas del juicio contra los funcionarios policiales en este bullado caso.
Fueron los abogados defensores privados Gustavo Balmaceda, Rodrigo Lazo y Agustín Mardones quienes se querellaron contra la fiscal Paulina Díaz Obilinovic señalando que se le había ocultado información al momento de la formalización y también al momento de la petición de la orden de detención.
Lee también: Presidente Boric retoma sus actividades presenciales este viernes tras cuadro de virosis
Sin embargo, y luego de cerca de dos años de investigación, el defensor penal público Marcelo Aceituno demostró ante el tribunal la absoluta inocencia de la persecutora ante las falsas acusaciones de sus colegas.
Para ello, el defensor Aceituno le exhibió al juez Jaime Fuica una presentación en donde detalló de manera cronológica la forma cómo se llevó esta investigación a través de vídeos, audios y documentos, lo que en palabras del juez “de buena manera la Defensoria Penal Pública hoy día procede a exponer haciendo referencia a los registros de audio y al propio vídeo que medió en la audiencia”.
Fue entonces, con estas evidencias, que el magistrado Fuica descartó las diversas hipótesis de ocultación o alteración denunciadas.
Inicialmente, el fiscal jefe de alta complejidad Felipe Sepúlveda había comunicado su decisión de no perseverar en el procedimiento, pero no obstante ello, terminó accediendo también a la solicitud de sobreseimiento de la fiscal Díaz Obilinovic.
Lee también: “No son vacaciones”: Mineduc pide que estudiantes estén en casa durante receso invernal para evitar hospitalizaciones
Por otra parte, el defensor penal público Aceituno fue enfático en precisar la temprana realización del informe médico conforme al protocolo de Estambul aplicable en casos de Derechos Humanos, explicando que con ello la fiscal en el caso de Josué Maureira dio estricto cumplimiento a los estándares internacionales sobre la materia.
Inicio del juicio oral
El caso que indaga la fiscal Díaz habría ocurrido el 21 de octubre del año 2019, tres días después del estallido social, en donde el joven estudiante de medicina de la Universidad Católica denunció a los funcionarios policiales de la 51 comisaría de Pedro Aguirre Cerda, hoy acusados por torturas y apremios ilegítimos.
Según se lee en la acusación, “en razón de una discriminación por la orientación sexual” de Maureira, este fue agredido y “resultó con múltiples contusiones equimóticas y hematomas traumáticos de cuello, tórax y extremidades superiores e inferiores según informe emitido por el Servicio Médico Legal”
El juicio oral está dispuesto para hoy viernes 17 de junio ante el Sexto Tribunal Oral en lo Penal, donde además de la fiscal Paulina Díaz, participaran como querellantes el Consejo de Defensa del Estado, el INDH y la Clínica Jurídica de la Universidad Católica, representada por la abogada María Elena Santibáñez.
Lee también: Convención Constitucional cambia de opinión y decide invitar a ex presidentes al acto de cierre
Tanto ellos, como el Ministerio Público, buscan que se condene a los funcionarios policiales a penas que van entre los tres años y un día y los siete años de privación de libertad.