La Cámara de Diputados aprobó la iniciativa tras un arduo debate legislativo. El texto quedó en condiciones para ser promulgado por el presidente de la República. "Lo que estamos dejando afuera con el veto es precisamente todo aquello, que aunque hoy día nadie lo reconozca en este debate, todos aquí sabemos que era extremadamente peligroso", dijo la ministra Tohá.
Tras un arduo debate legislativo, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la tarde de este miércoles el veto presidencial a la denominada Ley de Usurpaciones.
En concreto, la iniciativa regula los delitos de ocupaciones ilegales de inmuebles, fija nuevas penas y formas comisivas e incorpora mecanismos eficientes de restitución.
Durante la sesión en Sala, la ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, aseguró los planteamientos del Ejecutivo no son “mejor que nada. Esto es muy distinto que nada. Las herramientas que está dando esta ley son herramientas que están lejísimo de la situación actual“.
“Son herramientas que nos van a permitir, en primer lugar, consensuar que la usurpación siempre es delito, que la usurpación siempre permite al propietario pedir inmediatamente el desalojo del lugar, que la usurpación siempre amerita que las personas puedan ser detenidas, que la usurpación va a inscribirse como un antecedente en el historial de las personas que lo cometan. Aquí no hay ninguna cercanía con nada, aquí hay mucho, y lo que estamos dejando afuera con el veto es precisamente todo aquello, que aunque hoy día nadie lo reconozca en este debate, todos aquí sabemos que era extremadamente peligroso“, agregó.
Diferencias en el oficialismo
En total fueron aprobadas las 14 observaciones que presentó el Gobierno, ya que la insistencia (la número 4) para mantener el texto de la propuesta original se perdió en el Senado.
La aprobación ocurre en medio de diferencias al interior del oficialismo, debido a que parlamentarios del Partido Comunista (PC) y del Frente Amplio manifestaron en voto su discrepancia con la acción del Ejecutivo.
“El hecho que haya habido dentro de las filas de nuestro sector votos que no acompañaron la propuesta del Ejecutivo en todos sus puntos, hubiéramos preferido ciertamente tener todos esos votos (…). Parte de nuestro esfuerzo es seguir buscando la manera de lograr siempre que este apoyo sea transversal entre los nuestros y también entre la oposición“, comentó al respecto la titular Gobierno.
RN y UDI reaccionan con un proyecto
Tras la aprobación, parlamentarios de Renovación Nacional (RN) y de la Unión Demócrata Independiente (UDI) reaccionaron con la presentación de un proyecto de ley para poder “reponer lo que democráticamente y por amplia mayoría se aprobó en este Congreso y que hoy fue cercenado por el Gobierno con complicidad de parlamentarios del Partido Republicano”, dijo el diputado Andrés Longton (RN).
Esto fue complementado por el diputado Henry Leal (UDI): “Aquí se aprobó que las usurpaciones no violentas solamente tengan pena de multa. Sepan ciudadanos de este país, que para el Gobierno del presidente Boric las usurpaciones no son violentas y pueden merecer solo multa. Pero eso va a ser impracticable“.
El texto de la oposición busca introducir cambios en el Código Penal. En el inciso primero del artículo 457, proponen que en casos de violencia o intimidación “en las personas, ocupare total o parcialmente un inmueble, sea público o privado, o usurpare un derecho real que otro poseyere o tuviere legítimamente y al que, hecha la ocupación en ausencia del legítimo poseedor o tenedor, vuelto éste le repeliere, se le aplicará una pena de presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 21 a 30 unidades tributarias mensuales.
También dice que “se entenderá, entre otros casos, que existe intimidación cuando los ocupantes de un inmueble poseyeren o exhibieren armas, entendiendo por estas todo instrumento, utensilio u objeto cortante, punzante o contundente destinado a matar, herir o golpear, aun cuando no se haya utilizado con dichos fines”.
Al respecto, “será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de 11 a 20 unidades tributarias mensuales el que perpetrare las conductas dispuestas en el inciso precedente mediante fuerza en las cosas”, añade.
También, busca reemplazar el artículo 258 del Código Penal por el siguiente: “Cuando, en los casos del inciso primero del artículo anterior, el hecho se llevare a efecto sin violencia o intimidación en las personas ni fuerza en las cosas, la pena será de presidio menor en su grado mínimo“.
Finalmente, los parlamentarios de oposición proponen incorporar el siguiente inciso final nuevo al artículo 130 del Código Penal: “En los delitos previstos en los artículos 457 y 458 del Código Penal existe situación de flagrancia, conforme a la letra a) del inciso primero, mientras subsista la ocupación del inmueble o la usurpación de derechos reales constituidos sobre ellos. En estos casos, procederá la detención en los términos del artículo 129 únicamente por agentes policiales una vez transcurridas las 12 horas desde el comienzo de la ocupación“.