Las exigencias para que obtuvieran el beneficio era que hubieran cumplido dos tercios de la pena, aportaran en la indagatoria y manifestaran arrepentimiento mediante declaración pública. Éste último fue declarado inconstitucional.
El pasado 20 de noviembre la Cámara de Diputados aprobó la ley que aumentaba las exigencias para que condenados por crímenes de lesa humanidad pudiesen acceder a la libertad condicional.
Algunos consideraron que los nuevos requisitos eran trabas para que quienes están condenados por este tipo de delitos cometidos durante dictadura pudiesen conmutar sus condenas, por ello, parlamentarios de Chile Vamos presentaron ante el Tribunal Constitucional un requerimiento de inconstitucionalidad sobre este proyecto de ley de libertades condicionales.
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Fue este jueves que, luego que el TC realizara una audiencia pública el pasado miércoles 19 de diciembre, con el fin de oír a los interesados que desearan exponer, declaró inconstitucional una de las tres nuevas exigencias que es la de manifestar arrepentimiento público por los crímenes cometidos y por el mal causado a las víctimas y sus familias.
Aunque el Tribunal validó la ley y los demás requisitos como cumplir con dos tercios de la pena y haber colaborado con la investigación, la decisión de no exigir una manifestación pública de arrepentimiento causó molestias en la oposición.
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Según consignó La Tercera, el presidente del Senado, Carlos Montes (PS), confesó que “lamentamos que el TC haya declarado inconstitucional el arrepentimiento, pues priva de un elemento fundamental para asegurar que hechos de esta naturaleza nunca más vuelvan a repetirse en el país”. Agregó que este fallo deja en evidencia que es urgente cambiar el Tribunal Constitucional.
¿Quiénes votaron a favor de declarar inconstitucional el requisito de arrepentimiento?
Quienes estuvieron a favor de no exigir ese requisito a los condenados por delitos de lesa humanidad fueron los ministros Juan José Romero, Cristián Letelier, José Ignacio Vásquez, Miguel Ángel Fernández e Iván Aróstica.
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Recordemos que Aróstica fue agredido tras la sesión de audiencias realizada la semana pasada por este mismo proyecto.
El próximo 2 de enero se darán a conocer los fundamentos del fallo.
Reacciones desde el oficialismo
Parlamentarios de RN y de la UDI dijeron que el requisito vulneraba los principios de “igualdad ante la ley” y “libertad de conciencia” asegurados a cada persona según la Constitución.
El gobierno, aunque no participó activamente del proceso, envió al TC un escrito de 47 páginas donde fundamentaba que la nueva normativa se apartaba del derecho internacional en materia de derechos humanos.
El diputado de la UDI, Jaime Coloma, uno de los que encabezó la presentación del escrito ante el TC, dijo estar conforme porque se acogió la tesis que planteron respecto de la imposibilidad de exigir arrepentimiento. “Es un derecho humano que las personas puedan tener en su fuero íntimo, en su conciencia, la tranquilidad de no haber cometido un delito”, dijo.
Por su parte, el abogado de los reos del penal Punta Peuco, Raúl Meza, celebró el fallo, asegurando que es un “triunfo” para los condenados.