Respecto a la mutualización, el secretario de Estado sostuvo a CNN Chile que "alterar los efectos resolutivos de la sentencia mediante una regla de estas características" contraviene un artículo de la Carta Magna.
Esta jornada, el ministro de Justicia, Luis Cordero, cuestionó los términos de aprobación en general del proyecto de Ley Corta de Isapres del Senado, indicando que es inconstitucional.
Estos términos de discusión se basaron en dos ejes principales: el alza de los precios en los planes bases de salud y la mutualización. Esta última fue aprobada con la condición de que el Gobierno presentara una indicación para fijar un tope a esta alza, hecho que no fue bien recibido por el Ejecutivo.
En ese contexto, la tildada “mutualización de riesgo” por la oposición, reduciría la deuda de las Isapres en dos tercios, es decir, de US$1.180 millones a US$451 millones.
Dados estos dos sentidos, la autoridad expresó que esta norma “implicaría afectar el artículo 76 de la Constitución”.
¿En qué aspectos se infringe la Constitución?
En ese sentido, explicó a CNN Chile que el Ejecutivo “envió un proyecto de ley para la ejecución de la sentencia y en consecuencia la norma aprobada en la Sala del Senado, el Ejecutivo había advertido este debate durante la tramitación en la Comisión de Salud”.
“Y hay esencialmente dos razones, la primera, que los aspectos que estaban vinculados a la indicación aprobada sobre mutualización son de aquellas que el Ejecutivo considera que son de iniciativa exclusiva porque se refieren a materias de seguridad social y en consecuencia que suponen un quorum específico definido para su aprobación”, agregó.
En segundo lugar, planteó que “aquí estamos en el cumplimiento de una sentencia y en consecuencia y en opinión del Ejecutivo, tal como el Ejecutivo lo manifestó en la Comisión de Salud y también lo manifestó en la reserva de constitucionalidad de la Sala, que puede alterar su aprobación“.
“Creo que la oposición tiene una legítima argumentación para sostener la mutualización, sin embargo, el Ejecutivo es bien claro sobre la forma en que entiende el mandato resolutivo de la sentencia. Por eso, el Ejecutivo considera que alterar los efectos resolutivos de la sentencia mediante una regla de estas características, implicaría afectar el artículo 76 de la Constitución“, zanjó.
“Sin embargo, el debate central es precisamente que este es un tema de iniciativa exclusiva del Ejecutivo“, cerró.
Senadores oficialistas recurrirán al TC
De igual forma, un grupo de senadores oficialistas anunció ayer que recurrirá al Tribunal Constitucional (TC). Entre los 13 firmantes se encuentra el senador Iván Flores (DC), quien dijo que lo aprobado “es una falta grave en contra de los usuarios” de las aseguradoras y “es sencillamente permitir un robo”.
No obstante, Cordero descartó que esta eventual acción pudiera retrasar este proceso en el Parlamento. “No hay un mecanismo que suspenda la tramitación (…). La discusión parlamentaria se puede seguir gatillando en el mes de marzo, aunque esté pendiente la discusión ante el Tribunal Constitucional”.