Mineduc resolvió las principales dudas respecto al nuevo Sistema de Financiamiento Solidario.
El pasado jueves el Gobierno ingresó el proyecto del nuevo Sistema de Financiamiento Solidario (SIFS) al Senado, y hubo algunos puntos que fueron blanco de críticas.
Por ejemplo, el registro público de personas beneficiarias que puntualiza si la personas es o no morosa del crédito.
“Al igual que el fondo solidario que publica sus beneficiarios, éste será un registro que mantendrá la administradora estatal”, explicó el jefe de la división de Educación Superior, Juan Eduardo Vargas.
El Ministerio de Educación expuso, a través de una minuta, una serie de respuestas para entender el nuevo Sistema de Financiamiento Solidario.
Mira aquí las respuestas:
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Si un deudor del nuevo Sistema de Financiamiento Solidario no paga durante muchos años (justificando su situación) y al año 15 comienza a pagar ¿se condona la deuda?
Sí. El Sistema de Financiamiento Solidario apoya a quienes responsablemente informen que no pueden pagar, ya sea por cesantía o por tener ingresos menores al sueldo mínimo. Por lo tanto, al año 15, el deudor podrá pagar en cuotas que no superen el 10% de su renta y el saldo que quede se condona.
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En este mismo caso, ¿las cuotas del año 15 serán más caras?
No. En este caso, si bien el sistema generará una nueva cuota, en base al saldo que adeuda, dado que ningún joven puede pagar más del 10% de su renta, nunca pagará una cuota mayor de ese monto. Es decir, durante ese año pagará cuotas que no superen el 10% de su renta y el saldo que quede será condonado.
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¿Qué pasa si tengo lagunas de no pago, porque me quedé sin trabajo o porque gano menos que el sueldo mínimo? ¿Cómo se repacta esa deuda cuando ya puedo volver a pagar?
Cuando el deudor pueda volver a pagar, el sistema va a calcular la cuota que debería pagar en base al saldo que tiene pendiente. Pero dado que la cuota no puede exceder el 10% de la renta, el deudor siempre pagará como máximo ese valor hasta el año 15, momento en que se condona el saldo que quede.
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¿Cuál es mi incentivo para cambiarme del CAE al nuevo Sistema de Financiamiento Solidario?
En primer lugar, que la deuda pasará a ser con un ente estatal y ya no con un banco. En segundo lugar, este Sistema garantiza que después de 15 años la deuda será condonada, sea cual sea el saldo pendiente, siempre que el deudor haya pagado o justificado el no pago frente al organismo administrador del sistema. Finalmente, este nuevo Sistema permite que en caso de que el deudor tenga ingresos más bajos que el sueldo mínimo, también pueda suspender el cobro, lo que actualmente no es posible ni con el CAE ni con el Fondo Solidario.
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¿Qué pasa si el moroso no paga y no avisa? ¿Cómo será el sistema de cobranza?
Este nuevo Sistema va a premiar el comportamiento responsable de los deudores. Por ello, todo aquel que no pueda pagar y justifique esto ante el organismo administrador no tendrá sanción alguna, y, al contrario, podrá suspender su cobro y acceder a la condonación de su deuda luego de 15 años. En el caso de quienes no paguen y no justifiquen el motivo por el que no pagaron, se activarán mecanismos de cobranza.
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He pagado durante 12 años el CAE, me paso al nuevo SIFS, ¿se me condona la deuda al tercer año del pago del SIFS, dado que llevo 15 años pagando?
El plazo máximo de 15 años lo establece el nuevo sistema, y no la suma de los dos créditos. Por lo anterior, el deudor que pase de CAE a SIFS iniciará un nuevo sistema de pago cuyo tiempo y cuotas se calcularán en función del saldo que le queda por pagar. Así, si el saldo que le queda es pequeño, podrá pagarlo en menos de 15 años, pero si es grande su tiempo máximo será de 15 años, y luego de eso se condonará.
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Si yo soy deudor CAE y me paso al SIFS, nunca pagué una cuota del CAE y estoy moroso en $20 millones, ¿tengo que pagar esos $20 millones en algún momento?
Al pasarse de CAE a SIFS, el Estado calculará el tiempo y pago en función de todo el saldo que tenga pendiente. Así, el deudor que está moroso en CAE, iniciará un nuevo proceso de pago en el SIFS en el que tendrá que pagar sus cuotas, con un plazo máximo de 15 años y no se considerará moroso, por lo que podrá acceder a los beneficios de pago (suspensión por cesantía o sueldo menor al mínimo y cuota máxima del 10% de su renta).
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¿Qué pasa si lo que pido de crédito no me cubre todo el arancel?
En primer lugar, este sistema se puede complementar con becas, por lo que los estudiantes podrían llegar a cubrir todo entre becas y SIFS. Pero si aún queda un saldo por pagar, el proyecto de ley obliga a las instituciones a otorgar becas o créditos para que los jóvenes del 60% más vulnerable no paguen nada durante el tiempo en que cursen sus estudios. Si es que escogen créditos, deberán tener condiciones similares al SIFS. Para los estudiantes de los siguientes deciles, no se establece esta obligación, pero sí las instituciones pueden libremente ofrecer apoyo para sus estudios.