El proceso se encuentra en primera etapa de devolución, dirigida a los contribuyentes que realizaron el trámite entre el 1 y el 23 de abril.
El sábado 11 de mayo miles de chilenos recibieron de forma anticipada su devolución de impuestos, correspondiente a la Operación Renta 2019.
Esta es la primera etapa de devolución, dirigida a los contribuyentes que realizaron el trámite entre el 1 y el 23 de abril.
Sin embargo, hay muchos que no han recibido el monto o notaron que llegó solo una parte del dinero presupuestado. Ante esto, te presentamos los pasos a seguir para saber qué sucedió con tu devolución de impuestos.
Rechazo o retención
Para saber si tu devolución fue rechazada, puedes hacer tus consultas a la mesa de ayuda del Servicio de Impuestos Internos, disponible en los teléfonos 22 395 1115 y 22 395 1000.
A la vez, puedes revisar si los montos fueron retenidos en el apartado “Consulta estado” en el sitio del SII (Ver aquí).
Razones para ser retenida.
La Tesorería General de la República cuenta con la autorización para retener los montos de la devolución de impuestos (una parte o la totalidad), si el contribuyente tiene deudas morosas. Las razones pueden ser las siguientes:
Retenciones Judiciales: Se ordena retener los dineros por alguna orden emanada desde la Justicia. Se aplican en casos de Pensión Alimenticia, Judicial Laboral, Cotizaciones de Seguridad Social o Previsional y Judiciales Normales.
Retención por Quiebra o Proceso Concursal de Liquidación: Son dineros que el SII retiene hasta que se compruebe si se pagaron deudas por este ítem.
Retenciones por Mandatos: Ocurre a quienes tengan un mandato en donde se ordena pagar a una o más personas, distintas del contribuyente, como el Mandato SENCE.
Retención Egresos Cuestionados: Se aplica a los contribuyentes a quienes se les ha impugnado el pago de esta devolución. En este caso, se debe acudir a las oficinas de la Tesorería Regional o Provincial de su domicilio.
Retenciones de un Organismo Público: Se ordena la retención del dinero si la persona registra una deuda con un organismo del Estado. Esto ocurre en casos de Prestaciones de Salud, Crédito Universitario Solidario, Crédito Universitario Solidario Reclamado y Crédito Universitario con Garantía Estatal (CAE).
Si la deuda llegase a estar saldada, ésta debe ser aclarada directamente al organismo que las ordenó, debido a que los dineros que son retenidos son enviados a éstos para cancelar la deuda que existe.