La ex Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, se refirió al polémico operativo de salud que se realizó en la Escuela Villa Centinela Sur de Talcahuano. "Desde la perspectiva de lo que nosotros hemos definido como país, pueden ser constitutivas de abuso sexual infantil", señaló la abogada, además de profundizar en cómo debió haberse realizado correctamente este tipo de procedimientos.
En conversación con Chilevisión, la ex Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, se refirió al polémico operativo de salud que se realizó en la Escuela Villa Centinela Sur de Talcahuano.
Apoderados del establecimiento acusaron que el procedimiento se llevó a cabo sin su consentimiento y que sus hijos fueron víctimas de abuso sexual. Asimismo, denuncian que se les exhibió videos con contenido para adultos durante la toma de la ficha CLAP a los alumnos.
En ese sentido, la abogada señaló: “Hay que tener presente lo que tiene que ver con la investigación penal. No nos olvidemos que acá hay denuncias de hechos que son particularmente graves, que involucran tocaciones en el cuerpo de los niños y que, desde la perspectiva de lo que nosotros hemos definido como país, pueden ser constitutivas de abuso sexual infantil“.
En esa línea, hizo hincapié en que “es particularmente relevante atender los testimonios de los niños”.
“En una situación de esta naturaleza, o de cualquier otra, que involucre que un niño o niña cuente y relata un episodio de violencia sexual, lo que tenemos que hacer es inmediatamente denunciar para que sean los organismos competentes quienes determinen en una investigación si esos hechos se pueden probar o no”, agregó.
¿De qué se trata la toma de la ficha CLAP?
Asimismo, Muñoz explicó que la toma de este examen “es un control importante, que es el Control Integral de Adolescentes que se regula por el Ministerio de Salud y que se hace entre niños de 10 y 19 años. (…) Hay un instructivo, que surge el año 2016 y que se actualiza en 2021, para determinar de qué manera los funcionarios responsables de ejecutar este procedimiento deben actuar”.
En ese sentido, señaló que dados los antecedentes en este caso, “evidentemente esto no se cumplió“.
“Las orientaciones técnicas establecen claramente cómo este tipo de procedimientos tiene que hacerse con conocimiento de las familias de los niños. Además, se incorpora los procesos de asentimiento de los niños. O sea, el niño tiene que consentir en participar de este proceso, pero además, su padre o representante legal tiene que firmar un consentimiento en que autoriza“, expresó.
Además, agregó que este documento “certifica que efectivamente ahí, no solo se ha comunicado lo que va a ocurrir, sino que además se autoriza a que ese procedimiento ocurra”.
Por otra parte, y respecto a las denuncias de tocaciones que habrían sufrido algunos de los alumnos, Muñoz enfatizó que en este operativo “no necesariamente tienes que realizar tocaciones con los niños, hay láminas que vienen incorporadas en las orientaciones técnicas, por ejemplo, para determinar el desarrollo físico, sin que los niños estén expuestos a ser tocados por la persona“.
También, Muñoz señaló que de acuerdo a las orientaciones técnicas del instructivo sí podría haber un apoderado presente en la toma del examen.
“El examen físico es algo que ni siquiera está como un planteamiento de obligación, particularmente para los más grandes, porque se tiene que evaluar el desarrollo físico. Lo que se hace ahí es la posibilidad de exhibir unas láminas, que no son pornografía, (…) sino que láminas médicas para que el propio niño diga ‘creo que estoy acá’ sin necesidad de que nadie vea mi cuerpo”, expresó.
Finalmente, la abogada lamentó que “un control que es muy importante para que sepamos cómo están los niños que tienen entre 10 y 19 años termine vapuleado”.