Portazo a Cheyre: Corte de La Serena rechaza apelación presentada por exgeneral procesado por aplicación de tormentos
Por CNN Chile
25.10.2024 / 11:01
El tribunal de alzada desestimó un recurso interpuesto por el excomandante del Ejército acusado del delito reiterado de aplicación de tormentos en 1973.
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó un recurso de apelación presentado por la defensa del exgeneral de Ejército, Juan Emilio Cheyre Espinosa.
¿El motivo? Su procesamiento en calidad de autor del delito reiterado de aplicación de tormentos, los que se habrían cometidos en el Regimiento Arica de la ciudad, en 1973.
En un fallo unánime, la corte de apelaciones confirmó la resolución dictada por el ministro en visita extraordinaria Sergio Troncoso, quien desestimó que las declaraciones que dio a medios de comunicación el ministro Vicente Hormazábal Abarzúa, quien estuvo originalmente a cargo de la investigación, afectó la presunción de inocencia.
Cheyre y el portazo en su contra por la Corte de La Serena
En su resolución, el tribunal de alzada sostuvo que “la alegación efectuada respecto de la resolución por la cual se procesó al encausado deberá ser rechazada por extemporánea, debido al estado procesal de la causa, no siendo las alegaciones del recurrente suficiente para desvirtuarla, atendido su claro tenor y por el principio de especialidad que permite hacer primar la norma en comento”.
“No es posible concluir que efectivamente el grado de convicción existente en el sentenciador al momento de su dictación sea el de condena –como alega el incidentista– y no de aquellos otros grados a que se ha hecho referencia en esta resolución o si, en aquellas declaraciones está haciendo referencia a su grado de convencimiento actual. Según dos líneas argumentativas. La primera referida a la distancia temporal entre una y otra, hoy que la primera fue dictada a fs 6157 el 9 de febrero de 2019 y las declaraciones se habrían efectuado el 23 de mayo del año en curso, es decir, transcurridos más de cinco años. Y la segunda, debido a las diversas actuaciones de las cuales da cuenta el proceso y su estado procesal”, detallaron.
Respecto a la resolución, la ministra Marcela Sandoval detalló que “la petición fue formulada fuera de los plazos que establece el artículo 71 del Código de Procedimiento Penal. Luego, por cuanto las declaraciones vertidas por el señor Hormazábal se habían realizado una vez que este había cesado en su cargo“.
En la acusación, el ministro en visita dio por establecido que, al interior del Regimiento Militar, mientras Cheyre se desempeñaba como ayudante del comandante del regimiento “es sindicado por varios denunciantes como autor director de los interrogatorios y torturas“.