Subsidio sueldo mínimo para Mipymes: Fechas, requisitos y cómo postular al beneficio

Por CNN Chile

10.06.2022 / 20:21

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Desde este martes 14 de junio, las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes) podrán postular a un beneficio que les ayudará en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456. Esta postulación deberá hacerse sólo una vez y contempla montos desde 22.000 por trabajador.


Desde este martes 14 de junio estarán abiertas las postulaciones al anunciado subsidio mensual para Micro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), con el objetivo de apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456.

La aplicación al beneficio se realiza solo una vez y para postular a él se debe acceder a la página del SII, donde al completar los datos se informara automáticamente si la empresa aplica al beneficio y de ser así, se informara cual será el monto.

¿Quiénes pueden postular?

De acuerdo a lo que establece la Ley N°21.456, pueden acceder aquellas empresas que,

  • Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 1 de agosto de 2022(*), como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.
  • Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021.
  • Tengan 1 o más trabajadoras/es con sueldo mínimo, de acuerdo al período contemplado en la Ley.
  • Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.

(*) Si el inicio de actividades es entre mayo y julio de 2022, no tendrán derecho al subsidio en esos meses, pero sí después si cumplen los requisitos.

¿Qué empresas NO podrán acceder al beneficio?

  • Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) en que el dueña o dueño sea la única trabajadora o trabajador o SpA en que uno los accionistas sea la única trabajadora o trabajador.

¿Cuál es el monto del subsidio al que puede acceder la Mipyme?

La cifra del beneficio se calculará mensualmente considerando:

a) El monto de subsidio contemplado en la Ley N°21.456:

  • $22.000 (mayo a julio 2022)
  • $26.000 (agosto 2022 a enero de 2023).
  • $32.000 (enero a abril 2023, si el sueldo mínimo llega a $410.000 por IPC)

b) El número de trabajadoras/es de la Mypme que reciben el sueldo mínimo en el mes definido para el cálculo del beneficio. La información es proporcionada por AFC

c) La variación en el número de trabajadoras/es de la empresa durante el período de entrega del beneficio.

¿Cómo se calcula el monto del Subsidio al que se puede acceder?

Al ingresar a la plataforma, se informará automáticamente si la empresa puede acceder, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°21.456, y el monto del beneficio correspondiente para mayo y junio. Para los próximos meses, el monto del beneficio se podrá consultar desde el día 11 y hasta el último día de cada mes.

SII