Las 14 víctimas fueron detenidas por agentes de la DINA y trasladadas a Villa Grimaldi, Cuatro Álamos y Simón Bolívar. Nunca más se volvió a tener noticias de ellos, salvo en el caso de Eduardo Canteros, cuyos restos fueron encontrados en 1990 en el fundo Las Tórtolas de Colina, recinto que perteneció al Ejército hasta el 1980.
La Corte Suprema condenó a una decena de agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de 14 dirigentes del Partido Comunista (PC) y homicidios calificados cometidos entre abril y agosto de 1976 en la Región Metropolitana.
Los ministros de la Segunda Sala Penal acogieron las casaciones de los querellantes, anulando la sentencia definitiva de segunda instancia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que en su fallo de reemplazo había absuelto a varios agentes y rebajado las penas a quienes fueron condenados.
Francisco Ugás Tapia, querellante en representación de familiares de cinco víctimas del episodio, señaló que “este contundente y fundado fallo de la Corte Suprema corrige los errores que padecía la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, la que había absuelto a ocho agentes, del total de 19 condenados en primera instancia, y (…) había reducido las penas a los sujetos cuyas condenas se confirmaron, concediendo a la vez pena sustitutiva. Ese fallo, además, había reducido las reparaciones otorgadas en primera instancia”.
“Acogiendo las casaciones presentadas por las partes querellantes y demandantes, la Corte Suprema anuló la defectuosa decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago y dictó una sentencia que reemplaza a la anulada, por la cual restituye las condenas impuestas en primer grado por el Sr. ministro don Leopoldo Llanos, inaplicando la media prescripción y restituyendo los montos otorgados en primera instancia, aunque rechazando algunas demandas”, agregó.
De acuerdo con la investigación, las 14 víctimas fueron detenidas entre el 29 de abril al 16 de agosto de 1976 por agentes de la DINA, siendo trasladados a Villa Grimaldi, Cuatro Álamos y Simón Bolívar. Nunca más se volvió a tener noticias de ellos, salvo en el caso de Eduardo Canteros, cuyos restos fueron encontrados en 1990 en el fundo Las Tórtolas de Colina, recinto que perteneció al Ejército hasta el 1980, estableciéndose pericialmente que su muerte fue provocada por medios violentos.
¿Quiénes fueron condenados?
El máximo tribunal condenó a los ex agentes Pedro Espinoza Bravo, Carlos López Tapia y Jorge Andrades Gómez a la pena única de 15 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autores de los delitos reiterados de secuestro calificado de Luis Recabarren, Manuel Recabarren González, Nalvia Mena, Manuel Recabarren Rojas, Clara Canteros, Alejandro Rodríguez, Daniel Palma, Carlos Godoy, Iván Insunza, José Santander, Mario Juica, Víctor Morales, Carlos Vizcarra, Miguel Nazal, Juan Villarroel y Julio Vega, así como también a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio por ser autores del delito de homicidio calificado de Eduardo Canteros.
Asimismo, el tribunal condenó a Rolf Wenderoth a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor de los delitos reiterados de secuestro calificado de Nalvia Mena, Clara Canteros y Juan Villarroel Zárate, y a los mismos años como autor del delito de homicidio calificado de Canteros Prado.
Por su parte, los ex agentes Orlando Torrejón, Claudio Pacheco Fernández, Orlando Altamirano Sanhuesa, Hermón Alfaro Mundaca y Carlos López Inostroza fueron condenados a siete años de presidio mayor en su grado mínimo, como cómplices de los delitos reiterados de secuestro calificado de las 14 víctimas, y a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por ser cómplices del delito de homicidio calificado de Canteros Prado.
Además, la instancia condenó a Juan Morales Salgado y Gladys Calderón Carreño a 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio por ser autores de los delitos reiterados de secuestro calificado de Manuel Recabarren González, Manuel Recabarren Rojas, Daniel Palma, Carlos Vizcarra, Víctor Morales y Julio Vega.
Finalmente, se condenó a Sergio Escalona Acuña, Juvenal Piña Garrido, Jorge Díaz Radulovich y Gustavo Guerrero Aguilera a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo en calidad de autores del delito de secuestro calificado de Daniel Palma Robledo.