Tribunal condena a dos años de internación a estudiante que propinó brutal golpiza a profesor en San Ramón

Por CNN Chile

16.10.2024 / 15:26

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En octubre de 2023, el joven de entonces 17 años golpeó a su profesor jefe luego de que este le informara que estaba en riesgo de repetir el año debido a sus inasistencias. El docente terminó con fracturas faciales, del paladar y nasal.


Este miércoles, el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a dos años de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social a adolescente que propino brutal golpiza a su profesor.

El hecho ocurrió en octubre del 2023 al interior de un colegio de la comuna de San Ramón. En dicho lugar, el joven de iniciales B. A. R. B. golpeó con puños y patadas al profesor Miguel Miño luego de que este le informara que estaba en riesgo de repetir el año debido a sus inasistencias.

Detalles de la condena

En un fallo unánime, el tribunal decidió que la mejor sanción es la internación con programa de reinserción social, ya que así se “provee una intervención consistente en beneficio del adolescente infractor con el fin de lograr una efectiva comprensión de los graves perjuicios que derivan de la conducta ilícita cometida”.

“El tribunal acreditó, más allá de toda duda razonable, que al interior del establecimiento educacional municipal en que estudiaba, B.A.R.B. golpeó a la víctima (…), quien se encontraba en ejercicio de sus funciones como profesor jefe, agrediéndolo en reiteradas oportunidades con golpes de pie”, se lee en el fallo.


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En el documento también se señala que se pudo acreditar la existencia de una conducta lesiva, que en los hechos “consistió propinar golpes de pies a la víctima, ocasionándole fracturas faciales, del paladar y nasal, cuya curación requirió un período superior al de 30 días señalado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal”.

“Los hechos anteriormente establecidos configuran el delito de lesiones graves a profesionales al interior de establecimiento educacional, previsto y sancionado en el Art. 401 Bis N° 2 del Código Penal, en relación con el artículo 397 N° 2 del mismo cuerpo legal, en grado de consumado”, consigna el fallo de los magistrados.