Requisitos legales incumplidos: Los argumentos de Venezuela para rechazar ingreso de Rojo Edwards y Felipe Kast al país
Por Camila Morandé
27.07.2024 / 11:55
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"No es cierto que los señores senadores constituyeran una delegación de observación técnica electoral", resalta la embajada de Venezuela en Chile en un comunicado de prensa, asegurando que la inadmisibilidad de ambos fue oportunamente notificada.
La negativa de Venezuela a permitir la entrada de los senadores chilenos Felipe Kast y Rojo Edwards ha generado una considerable atención internacional y tensiones diplomáticas entre Chile y Venezuela.
Los senadores, quienes volaron a Caracas con la intención de servir como observadores en las elecciones presidenciales venezolanas, fueron deportados inmediatamente a su país de origen.
En respuesta a las críticas y el comunicado emitido por el Senado de Chile al respecto, acusando “acciones anti-democráticas”, la Embajada de Venezuela en Chile proporcionó un detallado comunicado aclarando las razones legales y procedimentales detrás de su decisión.
Allí, expone que, para participar como observador en los procesos electorales de Venezuela, se requieren ciertos trámites legales y protocolares específicos que no fueron cumplidos por los senadores nacionales.
En primer lugar, la invitación a los senadores debe ser formalizada por una organización política que esté legalmente reconocida y registrada ante el Consejo Electoral Nacional (CNE), el organismo autónomo encargado de la administración electoral en Venezuela.
Así, “el CNE procede a otorgar acreditación al invitado, trámite que origina a su vez el otorgamiento por parte de la Cancillería de una visa de cortesía electrónica. Ninguno de estos requerimientos de ley fue canalizados ante nuestra institucionalidad”, detalla.
En contraste, agrega que más de veinte solicitudes que sí cumplieron con estos requisitos fueron aprobadas, permitiendo la entrada y participación de otros observadores internacionales.
“No es cierto que los señores senadores constituyeran una delegación de observación técnica electoral“, resalta. “Ese tipo de invitación solo las cursa el CNE a instituciones homólogas o especializadas, tales son los casos del CENTRO CARTER, ONU, CEELA y CELAC, organismos expertos presentes y veedores del proceso y asistencia a auditorías desde el 9 de julio”.
Finalmente, el organismo informó que, “como gesto de cortesía diplomática”, la Embajada de Chile en Venezuela fue notificada oportunamente sobre la inadmisibilidad de los senadores por no cumplimiento de los requisitos legales previamente establecidos.