Gobierno y Carabineros enfatizan en que constancia por no votar sólo aplica a quienes están a más de 200 km de su local

Por CNN Chile

04.09.2022 / 14:37

La vocera de Gobierno y la institución policial aclararon las dudas respecto a las constancias en comisarías. Las otras causales no deben ser presentadas esta jornada.


Varias personas asistieron este domingo a las comisarías del país para dejar constancia por no participar del proceso de plebiscito de salida obligatorio.

Sin embargo, las autoridades han sido enfáticas en que sólo deben hacer este trámite quienes se encuentren a más de 200 kilómetros de distancia de su local de votación. 

La ministra vocera de Gobierno, Camila Vallejo, manifestó que “la única excusa que se requiere el día de hoy para asistir a la comisaría es que estén a más de 200 kilómetros de distancia de su lugar de votación, ninguna otra más”.

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“Después, a los que estén bajo las otras tres excusas posibles, como condición de salud o impedimento grave, no requieren la asistencia y justificación ante las comisarías durante esta jornada. Ellas o ellos serán convocados y citados a través de los Juzgados de Policía Local cuando se determine aquello, no es el día de hoy”, añadió.

Desde Carabineros reiteraron que “sólo se está acogiendo la constancia por estar a más de 200 km del local de votación, el resto de las excusas que están contempladas en este proceso deben ser presentadas cuando las personas sean citadas al Juzgado de Policía Local“.

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La institución policial reportó que, hasta el momento, han acogido 55.110 excusas de personas que no participarán en el proceso por estar lejos del local de votación. De ese total, 50 mil constancias fueron recibidas por formularios presenciales, 7.749 de manera telemática y 179 en libros de guardia.

¿Qué otras causas me excusan de sufragar?

Al ser citado por el Juez de Policía Local, también podrán excusarse quienes cuenten con documentación de respaldo por:

  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Es importante recalcar que no se debe efectuar ningún trámite ante Servel. La persona que no vote deberá esperar la citación del Juez de Policía Local en los meses siguientes al plebiscito.

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