En una nueva edición de Agenda Económica, Claudio Bustos, abogado tributario de Bustos Tax & Legal, se refirió a la nueva ley que elimina las exenciones tributarias, que ya fue promulgada en el Diario Oficial. Consultado sobre el impuesto a la herencia, Bustos precisó que en el caso de los seguros de vida, “tradicionalmente siempre ha tenido tratamientos de ingresos no renta, no tributables en renta y además libres de impuesto a la renta. Porque en general lo que las personas hacían era que tomaban un seguro de vida, pagaban la prima del seguro con parte de su patrimonio y, en el fondo, eso quedaba en beneficio de los herederos de esa persona cuando fallecía. Por lo tanto, había un real traspaso de patrimonio en vida a sus herederos, y cuando los herederos lo recibían, no tributaba con impuesto a la herencia. Hoy día sí va a tributar con impuesto a la herencia”.