“Control” de transferencias y compras en efectivo: Los detalles de la recién publicada Ley de Cumplimiento Tributario

Por Rodrigo Miño Silva

24.10.2024 / 13:26

{alt}

La iniciativa busca avanzar hacia un sistema más justo y equitativo, haciendo que los contribuyentes paguen los impuestos correspondientes sin ventajas ilícitas. Entre otros aspectos, la normativa establece que los bancos deberán informar al SII sobre quienes reciban más de 50 transferencias de distintas personas en un mismo día, semana o mes.


Este jueves, fue publicada en el Diario Oficial la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, iniciativa que busca avanzar hacia un sistema más justo y equitativo.

La medida determina que los contribuyentes paguen los impuestos que corresponden sin que se obtengan ventajas ilícitas. Esto no implica un incremento en la carga tributaria.

Además, genera incentivos y mejora las herramientas para la aplicación de las normas de esta materia.

El presidente Gabriel Boric encabezó la ceremonia por la publicación de esta nueva ley. La instancia se realizó en la Casa de Personas Mayores Zona Sur, en San Joaquín, y contó con la participación de los ministros Mario Marcel (Hacienda) y Álvaro Elizalde (Segpres).

El proyecto de esta normativa fue presentado en enero pasado como parte de las iniciativas asociadas al Pacto Fiscal. Asimismo, integra el fast track económico priorizado por el Gobierno.

Pilares de la ley

La Ley de Cumplimiento Tributario está construida con base en siete pilares. Estos son:

  • Modernización de la administración tributaria y los Tribunales Tributarios y Aduaneros.
  • Combatir la informalidad.
  • Combatir los delitos tributarios.
  • Combatir la elusión.
  • Fortalecer la Defensoría del Contribuyente
  • Regularizar las deudas tributarias
  • Fortalecer la institucionalidad.

Desde el Gobierno destacan que esta ley considera el esfuerzo integral más importante en materia de cumplimiento tributario en, al menos, los últimos 24 años.

También, indican que, en régimen, incrementará los ingresos fiscales en 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB), es decir, US$ 4.500 millones aproximadamente. Estos recursos pueden permitir financiar la reforma de pensiones (1,2% PIB) y cubrir todos los compromisos en seguridad (0,3% PIB), señaló el Ejecutivo.

La ley también contempla medidas trabajadas con gremios de las Pequeñas y medianas empresas (Pymes), como acciones contra la informalidad y el combate contra la competencia desleal; acceso permanente a convenios de pago con la Tesorería General de la República (TGR); posibilidad de solicitar la prescripción de deudas en sede administrativa; y creación del término de giro simplificado.

Ejes principales

Secreto bancario: Establece situaciones donde el contribuyente no podrá oponerse al levantamiento del secreto bancario, mediante un procedimiento expedito (de 5 días). Para casos de delitos tributarios, fiscalización de transferencias, cuando existan inconsistencias o se incurra reiteradamente en infracciones graves. Además, se realizaron mejoras sustantivas a los procedimientos de fiscalización judicial y se modificó el procedimiento de acceso voluntario.

Mejoras a la gobernanza del SII: Mediante la creación del Comité Ejecutivo y del Consejo Tributario.

Fortalecimiento de la Norma General Antielusiva (NGA): Define evasión, abuso y simulación y regula su interacción con las normas especiales. Permite la ampliación de las operaciones que pueden ser perseguidas bajo esta norma y elimina vacíos legales que obstaculizan al SII (como la prescripción, plazos, presentación de recursos y término probatorio).

Denunciante anónimo: Consagra esta figura para avanzar en la persecución de delitos tributarios. El denunciante podrá acceder a una recompensa a partir de las multas aplicadas.

Colaboración sustancial: Incorpora esta figura para perseguir las asociaciones de distintos contribuyentes en la comisión de delitos tributarios. Permite al contribuyente que colabore en una investigación quedar fuera de la acción penal del SII.

Delitos tributarios: Aumenta las penas asociadas a los delitos más graves y crea tipos penales nuevos para quienes venden facturas con cualquier fin. Adicionalmente, sanciona a quienes realicen acciones dolosas destinadas a evitar el pago de impuestos y a funcionarios del SII que autoricen documentos para permitir la comisión de delitos tributarios.

Grupos empresariales: Permite al SII fiscalizar de forma unificada a los grupos empresariales de forma de centralizar y uniformar la revisión de todas las operaciones fiscalizadas.

Multijurisdicción: Faculta al SII para realizar acciones a contribuyentes de otras direcciones regionales, sin afectar sus derechos.

Tasación: Moderniza la facultad del SII permitiéndole establecer un valor normal de mercado para que las operaciones se realicen en situaciones similares a las celebradas entre partes independientes, en condiciones comparables.

Reorganizaciones empresariales: Moderniza la norma estableciendo en qué casos (nacionales e internacionales) tendrán neutralidad tributaria. Ello permite, por ejemplo, fiscalizar reorganizaciones que impliquen el traslado de activos hacia paraísos tributarios.

Información de transferencias: Los bancos deberán informar al SII respecto de quienes reciban 50 o más transferencias de personas distintas dentro de un mismo día, semana o mes, lo que permitirá focalizar las acciones de fiscalización.

Ventas en efectivo: Establece que las operaciones de compra y venta de bienes superiores a 135 UF y pagadas en efectivo deban realizarse de modo que permitan la individualización del pagador.

Informalidad: Además de las medidas sobre transferencias y ventas en efectivo, se incorporan una serie de medidas contra la informalidad, tales como: exigencia de inicio de actividades a quienes ofrecen portales de pago y a operadores de plataformas de comercio digital, así como a las instituciones financieras para cursar préstamos y otras operaciones de crédito; (ampliación de la clausura, para ser aplicable al comercio digital; eliminación del IVA en la compra de bienes realizadas en el exterior a través de plataformas; y faculta al SII para exigir la trazabilidad en determinados bienes.

Modernización de la Tesorería: Respecto de sus normas de cobranza, para resguardar el interés fiscal cuando las obligaciones tributarias incumplidas se encuentran en etapa de ejecución.

Modernización de aduanas: Para fortalecer su labor fiscalizadora.

Modernización de los Tribunales Tributarios Aduaneros: Por ejemplo, mediante la introducción del expediente electrónico o la ampliación de facultades para que el juez proponga bases de conciliación.

Nuevas atribuciones al SII: Introduce la posibilidad de que pueda solicitar medidas prejudiciales y se mejora la aplicación de medidas cautelares en los procedimientos judiciales.