Navidad 2024: ¿Qué deberes debe cumplir el empleador con los trabajadores del comercio?

Por CNN Chile

11.12.2024 / 16:22

{alt}

En estas festividades, el comercio ocupa un espacio importante, ya que se generan aglomeraciones en la búsqueda de los mejores regalos, lo que implica una mayor demanda. Pero, ¿qué ocurre con los trabajadores del retail? Estas son las normas que deben cumplirse, según la Dirección del Trabajo.


Algunos ya se encuentran en vacaciones, a otros les baja la carga laboral, mientras a un grupo esta es la fecha más relevante del año y con más demanda: el sector comercial, ya sea en el retail o emprendimientos, en el que se existe espacio para extensiones horarias, pero cumplimiento las normativas.

La Dirección del Trabajo tiene como meta realizar 186 fiscalizaciones hasta el 24 de diciembre. Para asegurarse que se cumpla las siguientes normas:

  • El empleador puede unilateralmente prolongar la jornada hasta en dos horas diarias durante 9 de los 15 días anteriores al 25 de diciembre. Es decir, del 10 al 23 de diciembre.
  • En el caso de que se extienda la jornada, ningún trabajador del comercio deberá trabajar más allá de las 23:00 horas.
  • El día 24 y 31 de diciembre solo podrán trabajar hasta las 20:00 horas. Estos límites horarios son inamovibles.
  • Jornada pactada en los contratos de trabajo.

El director del Trabajo, Pablo Zenteno, detalló que “el llamado es a que los trabajadores y empleadores se informen y realicen esta extensión horaria que permite la norma legal para fomentar el comercio en esta fechas dentro de los límites y respetando lo que señala la ley”.

En el caso de incumplir la legislación, las infracciones acarrean multas de entre 5 y 60 UTM, por cada trabajador en infracción, dependiendo del tamaño de la empresa:

• Microempresa (de 1 a 9 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por cada trabajador afectado.
• Pequeña empresa (de 10 a 49 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por cada trabajador afectado.
• Mediana empresa (de 50 a 199 trabajadores): 20 UTM ($1.345.880) por cada trabajador afectado.
• Gran empresa (de 200 o más trabajadores: 60 UTM ($4.037.640) por cada trabajador afectado.

Cabe mencionar que lo valores de las UTM aplicables a las infracciones están calculadas a su valor de diciembre vigente: $67.294.