El subsidio DS1 es un beneficio económico entregado por el Estado a las familias que no son dueñas de una vivienda, y que tienen capacidad de ahorro para comprar una casa o departamento, nuevo o usado, cuyo precio máximo depende de cada tramo.
El Gobierno anunció la apertura del segundo llamado nacional para postular al subsidio DS1.
El subsidio es un beneficio económico entregado por el Estado a las familias que no son dueñas de una vivienda, y que tienen capacidad de ahorro para comprar una casa o departamento, nuevo o usado, cuyo precio máximo depende de cada tramo.
Requisitos para postular al subsidio DS1
- Tener mínimo 18 años de edad.
- Contar con cédula de identidad nacional vigente.
- Los postulantes extranjeros deberán contar con su cédula de identidad para extranjeros vigente al momento de la postulación y en ella deberá constar su residencia definitiva; una fotocopia de ella deberá ser presentada en la postulación. La vigencia de la Residencia Definitiva será verificada y proporcionada por el Servicio Nacional de Migraciones.
- Acreditar una cuenta de ahorro con, al menos, 12 meses de antigüedad. Para cumplir con esta antigüedad, la fecha de apertura de la cuenta de ahorro no debe ser posterior al 30 de octubre de 2023.
- Contar con el ahorro mínimo según el valor de la vivienda que se busca comprar o construir, el cual debe estar depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, al último día hábil del mes anterior al de la postulación, en este caso corresponde al miércoles 30 de octubre de 2024, 14:00 horas. La cuenta de ahorro debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.
- No superar el porcentaje de calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH), correspondiente al tramo del subsidio al que desea postular.
- El tramo 1 debe estar dentro del 60% de vulnerabilidad socioeconómica. El tramo 2 debe estar dentro del 80% de vulnerabilidad socioeconómica. En tanto, si el tramo 3 supera el 90% de vulnerabilidad socioeconómica, no deberá exceder algunos topes de ingresos mensuales familiares.
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En tanto, los adultos mayores que postulen a los tramos 1 y 2 podrán pertenecer hasta el 90% más vulnerable de la población, de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).
¿Cuándo postular?
El primer llamado a postulaciones para el subsidio DS1 se realizó entre el 20 y 31 de mayo.
Mientras que el segundo llamado nacional estará vigente entre el 20 y el 29 de noviembre, ambas fechas inclusive.
Hay tres vías para postular al subsidio:
Postulación automática: desde el 20 de noviembre a las 8:30 horas al 29 de noviembre del 2024 a las 16 horas.
Corresponde a aquellos postulantes que no fueron seleccionados en el primer llamado nacional. Debe ser aprobada o rechazada por el postulante.
Postulación en línea: desde el 21 de noviembre a las 8:30 horas al 29 de noviembre de 2024 a las 16 horas.
Dirigida a quienes en los llamados previos no aprobaron la propuesta de postulación automática y a los nuevos postulantes que no requieran acreditar una situación especial.
No será necesario acreditar ninguna situación especial con documentación anexa si los ahorros de la persona se encuentran en instituciones financieras con información en línea con el Ministerio de Vivienda:
- Banco Estado
- Banco Scotiabank
- Coopeuch
- Caja Los Andes
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Postulación por formulario de atención ciudadana: desde las 8:30 horas del 22 de noviembre hasta las 16:00 horas del 29 de noviembre de 2024.
Está dirigida a las personas que no pueden ser atendidas mediante la postulación automática o postulación en línea.
La modalidad es para quienes postulan por primera vez a la modalidad de “Construcción en Sitio Propio” o “Densificación Predial”; y también para quienes deben adjuntar documentos que acrediten alguna situación particular.
¿Cuáles son esas situaciones particulares?
Postulantes que cuenten con sus ahorros en instituciones financieras sin información en línea
Postulantes que figuren asociados a un bien raíz y que esta información no esté actualizada en el SII
Que presenten un beneficio anterior y deban acreditar alguna excepción
Si es casado o casada, se encuentra separado de hecho y ha iniciado el trámite de divorcio.
Quienes deban acreditar la calidad de Voluntario activo del Cuerpo de Bomberos de Chile o que son funcionarios de Gendarmería de Chile.
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