El senador e integrante de la comisión de Constitución, Alberto Espina, se refirió al proyecto anticolusión, que establece penas de cárcel de hasta 10 años y que establece que la Fiscalía Nacional Económica será el único organismo que podrá iniciar acciones penales.
El parlamentario criticó que el Ministerio Público no pueda actuar de oficio cuando el Tribunal de la Libre Competencia determine la colusión. “Yo habría dicho ‘si hay una condena por un tribunal, entonces cuál es la razón por la que no se puede ejercer la acción penal’“, explicó.
En materia de penas, sostuvo que “las penas de cárcel van de 3 años y un día a 10 años, además tiene que estar al menos un año en la cárcel efectiva quien es condenado penalmente por este delito”, a lo cual se suma una multa del 30% de las ventas de la empresa y la posibilidad de que sea disuelta.
También enfatizó que la figura de la delación compensada permitirá que quien entrega información sobre la colusión sea excluido de la responsabilidad penal, no así de la indemnización que deberá eventualmente pagarse a los consumidores.
“Me parece que es una legislación a la altura de los países que combaten duramente este tipo de delitos”, recalcó.
La Dirección del Trabajo recordó que el comercio debe cerrar a las 20:00 horas los días 24 y 31 de diciembre y advirtió sanciones de hasta 20 UTM por cada trabajador afectado en caso de incumplimiento.